Declaración de turismo amueblada.

La declaración de alojamiento turístico amueblado, clasificado o no, es obligatoria siempre que no constituya la residencia principal.

El arrendador deberá realizar su declaración ante el ayuntamiento del municipio donde se encuentre su vivienda amueblada.

A continuación encontrará la El CERFA deberá cumplimentarse y devolverse al ayuntamiento del municipio donde esté situada la residencia de que se trate.

Encuentra el artículo de ley. aquí

Declaración de habitaciones

El alquiler de habitaciones de huéspedes en viviendas particulares, explotadas durante todo el año o por temporadas, constituye una actividad profesional, de carácter comercial o agrícola. Implica determinadas obligaciones relativas a las condiciones de recepción del cliente, la declaración al ayuntamiento, alta y afiliación a la Seguridad Social.

A continuación encontrará la El CERFA deberá cumplimentarse y devolverse al ayuntamiento del municipio donde esté situada la residencia de que se trate.

Encuentra el artículo de ley. aquí

Declaración de mesas de invitados.

Reglamento para el servicio de bebidas, obtención de licencia.

Príncipe 

Los operadores de salas y mesas de huéspedes deben poseer una licencia para servir bebidas alcohólicas. Las licencias de bebidas pueden ser “ licencia de pequeño restaurante ", estar allí " licencia de restaurante » (consulte la tabla a continuación “categorías de licencia”). Estas licencias de “restaurante” permiten la venta de bebidas alcohólicas, únicamente como complementos de las comidas. La Ley de 22 de julio de 2009 sobre desarrollo y modernización de los servicios turísticos eliminó la obligación de poseer una licencia de primera categoría para el servicio de bebidas no alcohólicas, accesorio de un servicio de alojamiento. En estas condiciones, los inquilinos de habitaciones sin mesa de huéspedes ya no tendrán que poseer una licencia para las bebidas servidas como parte del desayuno, siempre que sean bebidas sin alcohol.

Pasos

Desde el 1 de junio de 2011, el trámite de declaración de apertura, traslado o mutación de todos los establecimientos de bebidas, bajo las distintas licencias, deberá realizarse en el ayuntamiento de la sede del establecimiento de que se trate, y ya no en la aduana. Más precisamente, esta declaración deberá realizarse por escrito con al menos quince días de antelación y acompañarse del permiso de funcionamiento. Encontrará el formulario de declaración a continuación.

Categorías de licencia

Existen diferentes tipos de licencias según la naturaleza de las bebidas.

tipo de bebidasBebidas para consumir en el lugarPunto de venta de bebidas para llevarMesas de restaurante/invitados
grupo 1 : sin alcoholLicencia IXX
grupo 2 : vino, cerveza, sidra, perada, hidromiel, crème de cassis, zumos de frutas con hasta 3° de alcoholLicencia II (licencia de bebidas fermentadas)Licencia pequeña para llevarLicencia de pequeño restaurante
grupo 3 : vino de licor, aperitivo a base de vino, licor de frutas con menos de 18% de alcoholLicencia III (licencia restringidaLicencia pequeña para llevarLicencia de pequeño restaurante
Grupos 4 y 5 : ron y alcohol destiladoLicencia IV (gran licencia)Licencia pequeña para llevarLicencia de restaurante

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